הרב בחבוט לומד תורה

Pregunta

He visto lo que escribió el honorable Rav shlit»a que no se deben evadir impuestos en el Estado de Israel. Sin embargo, en el Estado de Israel utilizan los impuestos para asuntos prohibidos, como escuelas que enseñan kefirá a niños judíos; entonces, ¿cómo es posible pagarles impuestos? (Personalmente no tengo problema, pues vivo fuera de Israel, pero el tema me interesa: ¿cómo pagan allí los impuestos?).

Respuesta

Sin embargo, parece que se le pasó al gaón Rav Yaakov Yosef zatz»l lo que escribió el Maharik, shoresh 194: incluso si el gobernante proclamara que todos los impuestos pagados por los judíos se destinarán a las necesidades de avodá zará, no hay en ello preocupación, pues los judíos pagan su impuesto a la tesorería del gobernante, y lo que este entrega para avodá zará es de su propio bolsillo. Véase allí. Así también aprendió el Pithei Joshen, Hiljot Guezelá, cap. 1, p. 18 (en la nueva edición), de las palabras del Maharik citado, y añadió asimismo que los impuestos se toman contra la voluntad de la persona —e incluso si realiza el acto de declarar sus ingresos, se considera contra su voluntad—; por tanto, no aplica en absoluto una prohibición por mesayéa y similares. Véase allí.

En verdad, parece que el Maharik solo necesitó esto porque el gobernante había proclamado que precisamente esos fondos irían a avodá zará. Pero, en general, al entregar dinero no existe en absoluto preocupación de lifnei iver, ni siquiera de mesayéa yedei overei averá —tampoco respecto de un judío que recibe el dinero—. Pues incluso si dijéramos que se considera que su dinero va directamente al uso y que el gobierno no lo adquiere, e incluso si dijéramos que sostenemos «ein bererá» y que no se puede estipular que su dinero vaya exclusivamente a algo permitido, de todos modos se considera que hay duda sobre a qué necesidad irá su dinero —lo cual no es menor que «ein bererá»—. Por ello, dado que el dinero mismo no es un jeftzá de-isur, pues puede emplearse de manera apropiada, según todas las opiniones no aplica aquí lifnei iver.

Todo ello incluso respecto de un objeto, y con mayor razón respecto de dinero, que fue dado para ser gastado: el dinero que utiliza el gobierno ya no se atribuye al donante, como escribió el Maharik citado. Con mayor razón hoy en día, cuando todos los pagos de impuestos no llegan al gobierno en forma de billetes en efectivo —caso en el que, al menos, podría decirse que su billete termina siendo usado para ejecutar asuntos indeseables—, sino que todo se realiza borrando cifras de la computadora, de lo registrado en la cuenta bancaria de una persona, y añadiendo cifras al Estado. En un caso así no existe vínculo directo entre aquel a quien le borraron cifras y el pago para realizar una finalidad prohibida.

Muchas gracias por la observación. En otro lugar nos extendimos, con ayuda del Cielo, acerca de las palabras de Marán, nuestro maestro el Rav Ovadia Yosef zatzuk»l, quien escribió en Shu»t Yejavé Da’at, vol. 5, simán 64, que se dice «diná de-maljutá diná» respecto del pago de impuestos también en el Estado de Israel. Allí Marán zatz»l aportó una prueba de lo explicado en el Zóhar HaKadosh y en Tosafot sobre Sanhedrín: Ajav tenía el estatus de rey a este respecto, aunque era malvado. Nos extendimos allí sobre todo ello, con ayuda del Cielo; véase allí. Sin embargo, el hijo de Rabiná, el gaón Rav Yaakov Yosef zatzuk»l, en su libro Kuntres Be’itá Ajishená, p. 117, escribió para rechazar las palabras de Marán, Rabí Abahu, y estas son sus palabras: «Me parece que incluso según las palabras de mi padre en Shu»t Yejavé Da’at, aunque diná de-maljutá aplica incluso a un rey malvado como Ajav, no se puede aprender de allí [del tiempo de Ajav] a nuestros días. Debe distinguirse diciendo que en los días de Ajav no pagaban de la tesorería real a escuelas seculares, universidades y para el reclutamiento de mujeres, pues solo en el Segundo Templo Yehoshúa ben Gamlá instituyó escuelas para los niños de la casa del maestro, como se explica en Bava Batra 21b. En tal realidad se puede decir diná de-maljutá, quizá el heredero al trono será justo, como está escrito: “El malvado prepara y el justo viste”; pero en nuestros días ciertamente no puede decirse diná de-maljutá diná». Fin de la cita. Aparentemente, su intención es que, dado que en el Estado de Israel parte de los impuestos se destina a fines prohibidos, hay una prohibición de mesayéa yedei overei averá; a diferencia de los días de Ajav. [Pero no está claro por qué necesitó añadir el razonamiento de que respecto de Ajav quizá el heredero sería justo; véase también más adelante].

Con toda reverencia ante la grandeza de su genio, descendiente de una familia santa, hijo de un digno, el Rav Yaakov Yosef zatzuk»l: también Ajav, con toda probabilidad, destinaba fondos de los impuestos a fines prohibidos. Pues construyó un templo y un altar para Báal —«la casa de Báal» (Melajim I 16:32)— y seguramente también ofrecía allí sacrificios. Más aún: cuatrocientos profetas de Báal y de la Asherá comían diariamente a su mesa (Melajim I 18:19). ¿De dónde procedía todo ese dinero, sino de los fondos de la tesorería real? [Es posible que el gaón Rav Yaakov Yosef zatz»l también advirtiera que, presumiblemente, Ajav utilizaba los impuestos para fines indeseables, pues era malvado; y por eso añadió el razonamiento de que, no obstante, quizá el heredero sería justo y, entonces, al menos una gran parte de los fondos que ahora ingresan en la tesorería real terminarían destinándose a buenos fines. Pero resulta asombroso, pues si así fuera, digamos lo mismo respecto del Estado de Israel, donde la mayoría de los impuestos se destina a fines permitidos —y esto es con certeza, no solo quizá—, y no es inferior al «quizá» del heredero, ya que incluso si el heredero fuera justo, parte de los fondos ya fue utilizada por su padre malvado].

Sin embargo, parece que se le pasó al gaón Rav Yaakov Yosef zatz»l lo que escribió el Maharik, shoresh 194: incluso si el gobernante proclamara que todos los impuestos pagados por los judíos se destinarán a las necesidades de avodá zará, no hay en ello preocupación, pues los judíos pagan su impuesto a la tesorería del gobernante, y lo que este entrega para avodá zará es de su propio bolsillo. Véase allí. Así también aprendió el Pithei Joshen, Hiljot Guezelá, cap. 1, p. 18 (en la nueva edición), de las palabras del Maharik citado, y añadió asimismo que los impuestos se toman contra la voluntad de la persona —e incluso si realiza el acto de declarar sus ingresos, se considera contra su voluntad—; por tanto, no aplica en absoluto una prohibición por mesayéa y similares. Véase allí.

En verdad, parece que el Maharik solo necesitó esto porque el gobernante había proclamado que precisamente esos fondos irían a avodá zará. Pero, en general, al entregar dinero no existe en absoluto preocupación de lifnei iver, ni siquiera de mesayéa yedei overei averá —tampoco respecto de un judío que recibe el dinero—. Pues incluso si dijéramos que se considera que su dinero va directamente al uso y que el gobierno no lo adquiere, e incluso si dijéramos que sostenemos «ein bererá» y que no se puede estipular que su dinero vaya exclusivamente a algo permitido, de todos modos se considera que hay duda sobre a qué necesidad irá su dinero —lo cual no es menor que «ein bererá»—. Por ello, dado que el dinero mismo no es un jeftzá de-isur, pues puede emplearse de manera apropiada, según todas las opiniones no aplica aquí lifnei iver, como nos extendimos modestamente sobre este principio —en particular según el Ritvá— en mi modesto libro LeLakot Shoshanim, vol. 6, shoresh 7. Así se establece en Shevi’it, cap. 5, mishná 8: está permitido vender —y lo mismo dar— en shemitá una vaca de arado incluso a quien es sospechoso de transgredir shemitá, porque puede sacrificarla. [Con mayor razón respecto del dinero: tal como está, no se puede cometer con él ninguna transgresión. No es como una vaca y similares, con los cuales, al menos, se puede arar; sino que con el dinero se puede pagar y, por medio de ello, llegar a asuntos prohibidos. Puede decirse que se asemeja a la categoría de «lifnei de-lifnei»; véase mi pequeño libro LeLakot Shoshanim citado, p. 364].

Más aún: aquí se considera jad ivrá de-nahará y no trei ivrei. Pues incluso según la opinión del Mishné LaMélej, de que si el medio para conseguirlo es mediante otros miembros del pacto se considera trei ivrei, aquí es diferente, ya que el Estado posee previamente dinero suficiente para esas actividades, recaudado antes. Es comparable a un nazir que posee barriles y barriles de vino: aunque haya comprado esos barriles a otro judío, sigue siendo jad ivrá de-nahará respecto de quien ahora viene a servirle una nueva copa de vino. Por consiguiente, aquí solo podría aplicar la prohibición rabínica de mesayéa; y dado que el momento del pago del impuesto no es el momento de la ejecución de la transgresión, no hay prohibición alguna, como hemos citado modestamente en mi pequeño libro mencionado, shoresh 7, simán 14, rama 3, de escribas y de libros, con ayuda del Cielo. Además, aplican aquí muchos permisos, de los que expuse allí, en simán 14 —por ejemplo, que no hay mesayéa respecto de un mumar, y otros—; véase allí. Máxime porque, al descender el grado y tratarse de una prohibición rabínica, vuelve el principio de que puede afirmarse que hay bererá, y en consecuencia lo que da se considera dado para fines permitidos —al menos respecto de la prohibición de mesayéa se considera así; compréndase—.

Todo ello incluso respecto de un objeto, y con mayor razón respecto de dinero, que fue dado para ser gastado: el dinero que utiliza el gobierno ya no se atribuye al donante, como escribió el Maharik citado. Con mayor razón hoy en día, cuando todos los pagos de impuestos no llegan al gobierno en forma de billetes en efectivo —caso en el que, al menos, podría decirse que su billete termina siendo usado para ejecutar asuntos indeseables—, sino que todo se realiza borrando cifras de la computadora, de lo registrado en la cuenta bancaria de una persona, y añadiendo cifras al Estado. En un caso así no existe vínculo directo entre aquel a quien le borraron cifras y el pago para realizar una finalidad prohibida.

Véase allí, en Shu»t Ohalá Shel Torá, vol. 4, simán 16, donde escribió que, en verdad, cada sector de la población no está interesado en parte de los fines a los cuales se destinan los impuestos. Por ejemplo, nuestros hermanos extraviados, los seculares antirreligiosos, no aceptan que sus impuestos financien kolelim, yeshivot y Talmudei Torá; y nosotros, quienes tememos la palabra de Hashem, no aceptamos que los fondos financien sus escuelas de kefirá. Sin embargo, el Estado obliga a todos a pagar y también da a todos, considerando los diversos deseos de la población. Es cierto que, en la distribución, hay desigualdades, y por esta razón existe en cierta medida un permiso para la evasión fiscal por un motivo accesorio; pero no un permiso general, porque no es un permiso esencial, como expondremos más adelante, con ayuda del Creador. En un caso así, según todas las opiniones, se dice «yesh bererá», puesto que por la estructura del sistema se evidencia que el dinero de cada sector de la población se recauda para las necesidades de ese mismo sector. [Podría objetarse a sus palabras, pero de todos modos no hay aquí preocupación, como se explicó].

En el libro Bi Melajim Yimloju, cap. 7, también se escribieron varias razones sólidas para afirmar que no aplica en absoluto «lifnei iver» ni «mesayéa» en el pago de impuestos al Estado de Israel. Añade allí que, incluso si hubiera motivo de preocupación, los esfuerzos por evadir impuestos también conllevan riesgo de tropiezo, de jilul Hashem, de incitación contra el público jaredí y similares; además, impiden al gobierno realizar aquello que sí es beneficioso, bueno y necesario para la población. Esto se incluye en lo que escribió el Jazón Ish, Shevi’it, simán 12, se’if katán 9: «Pues si venimos a ser rigurosos incluso en las dudas, también causaremos un obstáculo, al privarnos a nosotros y a ellos de bondad, de modos de vida y de paz. Ellos son solamente amei haaretz [nota del autor: también respecto del beneficio de los impuestos, la mayoría de quienes se benefician son tinokot shenishbú y no malvados, según la propia decisión del Jazón Ish], y estamos obligados a sostenerlos y hacerles bien; con mayor razón, a no aumentar el odio y la rivalidad entre nosotros y ellos, transgrediendo “no odiarás” y varios otros preceptos negativos, cuya prohibición no es más leve que esta prohibición de la que venimos a salvarlos, etc.». Fin de la cita. En este mismo sentido, Shu»t Minjat Shlomó Auerbach, vol. 1, simán 35, letra 1, establece que incluso al dar alimento ante alguien que ciertamente no recitará berajá —de modo que el resultado será con certeza una transgresión y no una duda— se debe considerar que abstenerse de dárselo puede provocar tropiezos en prohibiciones mayores, tales como enojo y odio hacia los caminos de la Torá, etc.; véase allí. Lo mismo aplica al asunto de la evasión fiscal. Aunque se puede distinguir, de todos modos ya se explicó que aquí no existe preocupación alguna. En verdad, si hubiera aquí una prohibición, deberíamos cuestionar el permiso de comprar artículos no esenciales, puesto que al comprarlos se paga IVA. Aunque es contra su voluntad, ¿quién le pidió comprar artículos no esenciales? No obstante, cabe distinguir y no es este el lugar para extenderse. Con mayor razón, habría aquí otro motivo para prohibir comprar un boleto de Mifal HaPais, pues también allí parte del dinero se utiliza para escuelas seculares y la construcción de piscinas mixtas y similares —además de la prohibición por asmajtá—. Resulta asombroso que varios talmidei jajamim no hayan aceptado como algo definitivo lo escrito en Shu»t Yabia Omer, que prohíbe comprar un boleto de Mifal HaPais por asmajtá; véase el libro Shumat Nezikin, p. 87, s.v. «Uve’inyan shelaj», aunque es probable que no haya sido preciso en la comprensión de sus palabras. Pero cuando se trata de la cuestión del pago de impuestos, se despiertan a temer la prohibición de mesayéa y objetan lo escrito en Shu»t Yejavé Da’at, que prohíbe la evasión fiscal. Esto requiere análisis.

En relación con lo anterior, señalaré lo escrito en nombre del gaón Rav Ben Tzión Aba Shaul zatz»l en el libro Or LeTzión Zikaron Hadasa (Musar), Sha’ar HaMitzvot, final del maamar 4: «De paso, escribiremos una observación sobre este asunto. El dinero que nos toma el gobierno, si ya estamos obligados a pagarlo, al menos tengamos la intención de que sea para tzedaká. Pues el gobierno suele distribuir dinero a personas, y puede ser que entre ellas haya personas verdaderamente necesitadas. También debe tener la intención de que quizá robó a la comunidad y similares; nuestros Sabios, de bendita memoria, dijeron: quien robó y no sabe a quién robó, que haga con ello necesidades públicas (Beitzá 29a). Y con este dinero tomado por el gobierno se hacen necesidades públicas, carreteras, iluminación y similares, de las cuales todos disfrutan. Puesto que mediante su dinero se realizan necesidades públicas, resulta que así expía el pecado de robo». Fin de la cita. Se desprende que sostiene que aquí se dice que hay bererá; y lo que escribieron allí en la nota no parece ser su intención, y no es este el lugar para extenderse.

Esta respuesta fue traducida automáticamente del hebreo y aún no ha sido revisada por una persona. Por ello, puede contener imprecisiones y no debe considerarse una referencia definitiva.

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