Fuentes y fundamentos:
La prohibición de comer cereal nuevo hasta la ofrenda del ómer
La Torá prohibió comer cereal nuevo hasta la ofrenda del sacrificio del ómer, como dice la Torá en Vaikrá, capítulo 23, versículos 9-15: «No comeréis pan, ni grano tostado ni grano fresco, hasta este mismo día, hasta que hayáis traído la ofrenda de vuestro Dios; estatuto perpetuo será por vuestras generaciones en todas vuestras moradas».
La prohibición de comer cereal nuevo incluye cada una de las cinco especies de cereal: trigo, espelta, cebada, avena y centeno.
La prohibición de comer jadash en nuestra época, cuando el Beit HaMikdash no existe
En nuestra época, cuando el Beit HaMikdash no existe, se espera hasta la noche del 17 de Nisán en Israel y hasta la noche del 18 de Nisán fuera de Israel, como se explica en la Mishná, Menajot 68a, que dice:
«Desde que se ofrecía el ómer, el jadash quedaba permitido de inmediato; para los que estaban lejos, se permitía desde el mediodía en adelante. Cuando fue destruido el Beit HaMikdash, Rabí Yojanán ben Zakai instituyó que todo el día de la ofrenda fuese prohibido».
Así lo dictaminó el Rambam, capítulo 10, halajá 2, y también el Shulján Aruj, Oraj Jaím, סימן 489, סעיף 10, que dice:
Está prohibido comer jadash incluso en nuestra época, ya sea pan, grano tostado o grano fresco, hasta el comienzo de la noche del 18 de Nisán. En Israel, hasta el comienzo de la noche del 17 de Nisán.
Esto también figura en el Shulján Aruj, Ioré Deá, סימן 293, סעיפים 1-3, que dice:
Está prohibido comer jadash de cualquiera de las cinco especies de cereal hasta que se ofrezca el ómer, que es el 16 de Nisán, como está dicho: «No comeréis pan, ni grano tostado ni grano fresco hasta este mismo día» (Vaikrá 23:14). En nuestra época, en la que no hay ómer, está prohibido durante todo el día 16. Fuera de Israel, donde se observan dos días, está prohibido todo el día 17, hasta el comienzo de la noche del 18.
¿Debe temerse la prohibición de jadash respecto de cereal de origen no determinado en el extranjero?
Respecto del cereal de origen no determinado, del cual no se sabe cuándo enraizó, los poskim escribieron que la costumbre general en el extranjero era no temer la prohibición de jadash. Se esforzaron por explicar por qué no se temía esta prohibición de la Torá, pues, como se ha dicho, la prohibición de jadash rige también cuando el Beit HaMikdash no existe y también fuera de Israel.
Se dieron varios enfoques para justificar esta costumbre:
El Ramá, en su glosa al Shulján Aruj, Ioré Deá, סימן 293, escribió:
Sin embargo, todo cereal de origen no determinado está permitido después de Pésaj, por una doble duda: quizá sea del año anterior; e incluso si fuera de este año, quizá enraizó antes del ómer (Tur, en nombre del Rosh).
Otro enfoque para justificar la costumbre son las palabras del Baj en Ioré Deá, סימן 293, quien escribió que en los campos de no judíos no existe en absoluto la prohibición de jadash. Basándose en estas palabras del Baj, la Mishná Berurá, Oraj Jaím, סימן 489, inciso קטן 45, escribió que algunos justificaron a quienes no se abstienen de jadash en el extranjero, porque sostienen que la prohibición de jadash solo rige respecto del cereal de un judío, pero no del de un no judío.
La Mishná Berurá escribió allí otro enfoque para justificar a quienes son indulgentes: en circunstancias apremiantes se basan en algunos Rishonim que sostienen que jadash fuera de Israel es solo una prohibición rabínica, decretada a causa de Israel, y que solo fue decretada en lugares cercanos a Israel, como Egipto y Babilonia.
Sin embargo, en la práctica los poskim coinciden en que no se debe ser indulgente en este asunto, como ya escribió la mencionada Mishná Berurá, Oraj Jaím, סימן 489, inciso קטן 45: aunque no está en nuestras manos reprender a quienes son indulgentes, toda persona temerosa de Di-s no debe apoyarse en estas dispensas y debe ser rigurosa consigo misma en todo lo que le sea posible, pues para la mayoría de los Rishonim es una prohibición de la Torá en todas las circunstancias.
En efecto, actualmente todos los organismos de certificación de kashrut autorizados en Israel por el Rabinato Principal de Israel no conceden certificación cuando existe sospecha de la prohibición de jadash, y tampoco se basan en las dispensas mencionadas para productos importados del extranjero. Por ello, también en el extranjero conviene procurar adquirir cereales únicamente con una certificación de kashrut reconocida que compruebe que no haya sospecha de jadash en el cereal.
Conviene añadir que hoy es más difícil basarse en la dispensa del Ramá que permite el cereal por una doble duda, ya que actualmente es fácil investigar y saber en qué fecha enraizó el cereal, pues todo está informatizado y registrado. Por ello, es difícil afirmar que existe una doble duda cuando se desconoce cuándo enraizó el cereal.
La presencia práctica de cereal «nuevo» en los mercados actuales
Desde un punto de vista práctico, el cereal cultivado actualmente en Israel no presenta sospecha de la prohibición de jadash, pues la temporada de siembra en Israel comienza al inicio del invierno, y su maduración y cosecha tienen lugar solo después de Pésaj. Por tanto, cuando llega a ser apto para el consumo, ya ha transcurrido el 17 de Nisán.
Sin embargo, cerca del noventa por ciento del cereal en Israel es importado del extranjero. En el extranjero hay lugares fríos donde la nieve se derrite solo cerca de Pésaj, como Rusia y Ucrania, y el cereal se siembra únicamente después de Pésaj, al comienzo del verano. Logran cosecharlo ya al final del verano, después de unos ciento veinte días; este cereal llega al mercado al comienzo del invierno, todavía antes del 17 de Nisán, y está prohibido por jadash durante todo el invierno, hasta el 17 de Nisán.
Del mismo modo, en el hemisferio sur, como Australia, Argentina y lugares similares, el invierno transcurre desde Pésaj hasta Sucot. El cereal sembrado allí después de Pésaj se cosecha en Sucot y llega a los mercados después de Sucot, aproximadamente medio año antes del 17 de Nisán. Por ello, en esos países la mayor parte del cereal fresco está prohibida por jadash hasta el 17 de Nisán.
En realidad, no hay sospecha de la prohibición de jadash en cereal fresco que llega al mercado sino después de que haya comenzado el mes de Av, pues incluso si el cereal enraizó después del 16 de Nisán, no alcanzará la madurez y la cosecha hasta aproximadamente el mes de Av.
Esta respuesta fue traducida automáticamente del hebreo y aún no ha sido revisada por una persona. Por ello, puede contener imprecisiones y no debe considerarse una referencia definitiva.














