הרב מאיר פנחסי

Pregunta

Una persona que robó cierto objeto y no sabe qué hacer con él, pues no sabe quién es la persona a la que se lo robó, ¿qué debe hacer para reparar el robo? [Esta pregunta se planteó respecto de alguien que se embriagó en Purim y, después de que se le pasó la embriaguez, encontró en su casa una botella cara de whisky que probablemente tomó indebidamente de una de las casas mientras estaba ebrio. ¿Qué debe hacer?]

Respuesta

Lo destinará a necesidades públicas; véase el detalle en las fuentes.

Con ayuda del Cielo

Quien roba y no sabe a quién robó

Fuentes y fundamentos:

a). Marán el Shulján Aruj (Joshen Mishpat, simán 366, seif 2) escribió: Los pastores, los recaudadores y los cobradores de impuestos, su teshuvá es difícil, porque robaron a muchos y no saben a quién devolver; por lo tanto, lo destinarán a necesidades públicas, como pozos, cisternas y cuevas. Fin de la cita. Y el Sema (subseif 5) escribió que la razón es que así también el robado se beneficiará de las cosas realizadas con el dinero del robo. Fin de la cita. Sin embargo, desde luego, esta no es una teshuvá completa, como escribió el Sema (simán 231, subseif 34), puesto que no es seguro que el robado se beneficie de ello, ni que se beneficie por el valor equivalente al robo; pero constituye, al menos, una teshuvá parcial.

b). En mi humilde opinión, hoy en día es posible entregar el valor del robo a organizaciones de jésed que prestan objetos no consumibles, como “Yad Sarah”, “Ezer Mitzión”, hospitales y similares. Asimismo, puede comprar con el dinero sidurim para el Kotel[1] y similares. También puede donar a mikvaot y similares.

c). Pero no sirve entregar el dinero a organizaciones de tzedaká como “Jasdei Naomi”, “Yad Ezra VeShulamit” y similares, pues ¿de dónde se desprende que el robado sea necesitado y llegue a beneficiarse de ello? (Y no como escribió el libro Halijot Moed, Yom Kipur, pág. 229). Tampoco se debe donar a yeshivot, ni donar objetos o alimentos consumibles. Asimismo, parece que no sirve colocar la cosa en un lugar del cual probablemente el robado no se beneficiará, como donar para clases de Torá en otra ciudad. Así escribió también, en un sentido similar, el Shut Afarkasta DeAnya, tomo 4 (simán 316).

d). También en virtud de las leyes de tzedaká, aunque se podría decir que entregue a tzedaká el valor de la suma de dinero robada y declare verbalmente que lo da en beneficio del robado, y sostenemos que a una persona le complace que se cumpla una mitzvá con su dinero, incluso cuando ello implica una pérdida monetaria, como escribió el Shulján Aruj (Oraj Jaim, simán 437, seif 3). Y aunque el Maguén Avraham (simán 14, subseif 10) escribió que esto es únicamente cuando la pérdida es pequeña, pero no cuando es considerable, y por ello prohibió usar los libros de otro sin su conocimiento, de todos modos se puede decir que cuando el dinero ya está perdido para el robado, ciertamente le complace al menos esto, incluso en caso de una pérdida considerable.

Pero se requiere profundización: ¿por qué entonces la Guemará no presentó este sencillo consejo? Necesariamente, puesto que se requiere “y devolverá el robo que robó”, no sirve una devolución espiritual, pues es necesario realizar el beneficio de manera material y no espiritual. Así concluyó el Rav M. Feinstein en el Shut Igrot Moshe (Joshen Mishpat, tomo 1, simán 88): no sirve entregar la suma a tzedaká en mérito del robado. Asimismo escribió el Rav Zilberstein en su libro Jashukei Jemed (Yoma 85b), y no como parece desprenderse de lo escrito en el Shut Afarkasta DeAnya (allí).

e). Vi una novedad en el libro Or LeTzión (Jojmá UMusar, pág. 216), que escribió textualmente: El dinero que el gobierno nos cobra, si ya estamos obligados a pagarlo, al menos tengamos la intención de que sea para tzedaká. Pues el gobierno acostumbra distribuir el dinero a personas, y puede ser que entre ellas haya personas verdaderamente necesitadas. Asimismo, debe tener la intención de que quizás robó a muchos, y nuestros Sabios, de bendita memoria, dijeron: quien roba y no sabe a quién, que haga necesidades públicas. Y con este dinero que toma el gobierno se realizan necesidades públicas: caminos, iluminación y similares, de lo cual todos se benefician; y puesto que mediante su dinero se realizan necesidades públicas, resulta que con ello expió el pecado de robo. Fin de la cita. Sin embargo, aparentemente sus palabras se refieren a obligaciones que los talmidei jajamim no están obligados a pagar, como la protección de la ciudad; véase Shulján Aruj (Yoré Deá, simán 243, seif 2), pues su Torá es su protección. Ya que, respecto de las demás obligaciones de la ciudad, como reparaciones de iluminación y similares, de todos modos están obligados, ¿cómo podrían eximirse con ello? Y puesto que gran parte de nuestro dinero se destina a la protección de la ciudad y del Estado, y quizás incluso la mayor parte del presupuesto anual se destina a la seguridad del Estado, y parte de este dinero se toma de los residentes mediante el pago del IVA, quien tiene la Torá como su ocupación exclusiva —es decir, no tiene otra ocupación aparte de la Torá— debe tener la intención de que el dinero de sus compras sea expiación si acaso robó a muchos. Asimismo, en los pagos del impuesto municipal, parte de los cuales se destina a la protección de la ciudad, debe tener esta intención.

f). Véase también el Shut Minjat Shlomó (segunda edición, simán 135), que escribió que quien roba a muchos y cuya reparación consiste en hacer necesidades públicas, esto es solo una medida de piedad y no conforme a la ley. Según ello, ciertamente se puede apoyar en las palabras del Or LeTzión en este asunto.

 

[1]En Ahavat Jésed escribió en nombre del Shelah que igualmente puede donar libros a un beit midrash.

Esta respuesta fue traducida automáticamente del hebreo y aún no ha sido revisada por una persona. Por ello, puede contener imprecisiones y no debe considerarse una referencia definitiva.

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