הרב מאיר פנחסי

Pregunta

¿Existe prohibición de bishul nochrí respecto de un «crepe» que se cocina en una sartén especial sin aceite?
El crepe está hecho de una masa líquida, y mi pregunta es si se considera cocción y debe prepararse todo (según la opinión de los sefardíes) por medio de un judío, o si se considera horneado y basta con que el judío encienda el fuego.
(Todo esto bajo el supuesto de que el crepe עולה על שולחן מלכים [es servido en mesas de reyes]).
Gracias

Respuesta

Saludos y bendiciones al estimado y apreciado consultante,

Esto está sujeto a bishul akum, y no basta con encender el fuego, como en la ley de pat y otros alimentos cuya masa es espesa. Puesto que cabe considerar que este alimento עולה על שולחן מלכים [es servido en mesas de reyes] en importantes comidas lácteas, y asimismo ministros y personas distinguidas consumen estos alimentos, al menos como postre de la comida, se debe ser estricto por bishul akum.

Fuentes y explicaciones:

En el Ramá (Yoré Deá, cap. 112, secc. 6) se explica que aquellos nilush llamados «kijelij», o dulces llamados «lekaj», están incluidos en la categoría de pat. Sin embargo, el Shaj (inciso menor 18) escribió que esto es únicamente cuando su masa es espesa y tienen apariencia de pan. De ello se desprende que, cuando la masa es líquida, se rige por la ley de cocción; e incluso si se hornea, Marán, el Shulján Aruj (cap. 168, secc. 15), ya escribió que algo cuya masa es líquida y muy fina, que se vierte sobre el fogón y se denomina «terita» —harina y agua extendidas y horneadas—, no tiene la condición de pat, puesto que no posee forma de pan. Incluso si establece sobre ello una comida y consume la cantidad correspondiente, recitará sobre ello la bendición de mezonot y la bendición de me’én shalosh. De ello se desprende que su condición es la de un alimento cocinado y no la de pat, y lo mismo se aplica a nuestro caso. Pues el Gaón de Vilna (cap. 112, inciso menor 15) escribió que el criterio para definir pat o alimento cocinado depende de si, al establecer una comida sobre ello, se recita hamotzí o mezonot. Véase allí.

Sin embargo, como usted escribió, aún debe analizarse si estos alimentos עולה על שולחן מלכים [son servidos en mesas de reyes]. Me parece que, dado que en muchas bodas y eventos importantes —en particular cuando el menú es lácteo— se sirven estos alimentos, y muchas personas, incluidas personas distinguidas, se disponen a comerlos, corresponde prohibirlos.

En cuanto a la regla de lo que se consume como postre de una comida, es conocida la controversia entre el Tur y el Shulján Aruj (cap. 113, secc. 1) y el Perí Jadash respecto de las parperáot: si les corresponde en absoluto la prohibición de bishul goyim. La opinión del Perí Jadash es ser indulgente, pues solo se aplica a lo que acompaña al pan; pero la mayoría de los poskim resolvieron ser estrictos, y así es la halajá.

 

 

 

 

 

Esta respuesta fue traducida automáticamente del hebreo y aún no ha sido revisada por una persona. Por ello, puede contener imprecisiones y no debe considerarse una referencia definitiva.

OBSERVAR*

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